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    Acepto los términos legales

    Sí. El empresario debe garantizar la seguridad de sus trabajadores en todos los aspectos que tengan relación con su trabajo, en cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/95 y las normas que desarrollan. Conviene que el empresario aplique las medidas pertinentes e impulse las actividades necesarias para prevenir riesgos derivados del trabajo. Tienen como finalidad promover la seguridad y la salud de los trabajadores por medio de la aplicación de medidas y la puesta en marcha de las actividades necesarias para prevenir los riesgos derivados del trabajo.

    Los técnicos de PREINFA S.L. con la utilización de la herramienta informatizada PGS ayudan a los empresarios a conocer los elementos que pueden suponer un riesgo para los trabajadores y, en este sentido, les asesoran para adoptar las actuaciones pertinentes, evaluando los riesgos que se puedan dar, analizando las posibles situaciones de emergencia, facilitar los equipos de protección colectiva e individual adecuados, formando e informando a los trabajadores y vigilándoles la salud, dependiendo de los riesgos a los que puedan estar expuestos.

    Después de una primera visita a una empresa asociada se confecciona una evaluación de riesgos. El procedimiento irá de acuerdo con los representantes de los trabajadores y se efectuará sobre el personal capacitado, contando siempre con la colaboración de los delegados de prevención y los trabajadores que la empresa designe.

    En la evaluación constará la identificación del puesto de trabajo, los riesgos existentes y la relación de trabajadores afectados, el resultado de la evaluación y las medidas preventivas a adoptar y la referencia de los criterios, los procedimientos y los métodos de análisis.

    Es vital. El Centre Especialitzat en la Prevenció de Riscos Laborals organiza cursos con el objetivo de impartir los conocimientos mínimos necesarios para el desarrollo de las actividades de prevención a las personas designadas por la empresa. Esta formación es teórica y si la materia lo requiere, práctica.

    Se establece junto con el empresario, un plan de formación en prevención para los trabajadores, jefes y directivos de la empresa. Los técnicos de Centre de Prevenció imparten la parte teórica y los mismos encargados del centro de trabajo la parte práctica. La formación teórica es necesaria pero insuficiente para obtener resultados eficaces en materia preventiva y por lo tanto, debe ir acompañada de la parte práctica para que el trabajador adquiera un mayor conocimiento del trabajo que realiza.

    En base a la evaluación de riesgos, la reglamentación específica que conviene aplicar a la actividad de la empresa y la reglamentación vigente en materia de seguridad industrial, se realizarán inspecciones periódicas que tendrán como objetivo descubrir nuevos peligros o riesgos que no hayan sido detectados antes, mantener las condiciones de seguridad en instalaciones, máquinas y equipos de trabajo, mantener las condiciones del entorno del puesto de trabajo, velar por la correcta realización de los trabajos por parte del trabajador y vigilar el cumplimiento de las actuaciones correctoras.

    Efectivamente. Tendrán una protección especialmente sensible:
    – los colectivos de menores de 18 años, dada su falta de experiencia y su desarrollo físico aún incompleto. Es en este colectivo donde la formación teórica y práctica se hará más necesaria y adquiere una gran importancia.
    – Protección a la maternidad se tendrá en cuenta si en los resultados de la evaluación se determinara un riesgo que pudiese influir en la salud de la trabajadora o del feto.

    Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo respetando siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona del trabajador y la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud. Los resultados de la vigilancia de la salud se comunican a los trabajadores afectados. El empresario recibirá un documento donde se le informa de la aptitud de sus trabajadores para el puesto de trabajo que ocupan.

    Estas medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores se llevan a cabo por parte del personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada.